CONSTITUCION POLITICA COLOMBIANA 1991
Artículo 48: La Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la Ley.
Se garantizará a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la seguridad social.
El estado, con la participación de los particulares, ampliará progresivamente la cobertura de la Seguridad Social que comprenderá la prestación de los servicios en la forma que determine la Ley.
La seguridad Social podrá ser prestada por entidades públicas o privadas, de conformidad con la Ley.
LEY 100/93 - Sistema de Seguridad Social Integral
Artículo 152, párrafo 2: Los objetivos del SGSSS son regular el servicio público esencial y crear condiciones de acceso de toda la población al servicio en todos los niveles de atención.
DECRETO 806/98
Artículo 42: Formas de afiliación. La afiliación a cualquiera de las Entidades Promotoras de Salud podrá ser individual o colectiva.
DECRETO 2313/2006
Artículo 3°. Requisitos para la afiliación del trabajador independiente.
DECRETO 1703/2002
Por el cual se adoptan medidas para promover y controlar la afiliación y el pago de aportes en el Sistema General de Seguridad Social en Salud
LEY 797 DE 2003
Por la cual se reforman algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los Regímenes Pensionales exceptuados y especiales.
LEY 1393 DE 2010
Por la cual se definen rentas de destinación específica para la salud, se adoptan medidas para promover actividades
Generadoras de recursos para la salud, para evitar la evasión y la elusión de aportes a la salud, se re direccionan recursos al interior del sistema de salud y se dictan otras disposiciones.
DECRETO 1273/2018
El ministerio de Salud de Colombia establece en el decreto 1273 las nuevas reglas para el pago de aportes de seguridad social integral y parafiscales a los trabajadores independientes.